La elección de tributar bajo el régimen especial de consolidación fiscal, según lo establecido en el artículo 55 y siguientes de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, es una opción que cada vez más empresas consideran. En este artículo, exploramos las ventajas y desventajas de la consolidación fiscal para grupos empresariales, prescindiendo de menciones específicas.
¿Qué implica un grupo fiscal?
Un grupo fiscal se define como el conjunto de Sociedades Anónimas, Limitadas y Comanditarias por Acciones, residentes en territorio español, compuesto por una sociedad dominante y sus sociedades dependientes. Para obtener beneficios fiscales, es necesario que el grupo cumpla ciertos requisitos.
Sociedad dominante: La sociedad dominante debe tener personalidad jurídica, no estar exenta del Impuesto sobre Sociedades y poseer, directa o indirectamente, al menos el 75% del capital social de las dependientes. Además, debe tener la mayoría de los derechos de voto y actuar como representante del grupo fiscal, cumpliendo con las obligaciones tributarias correspondientes.
Sociedad dependiente: Las sociedades dependientes deben tener forma jurídica de sociedad anónima, limitada o comanditaria por acciones, ser residentes en España y estar participadas, al menos en un 75%, por la sociedad dominante. También deben presentar la declaración individual del Impuesto sobre Sociedades.
Restricciones y Consideraciones
Además de los requisitos, existen restricciones para formar parte de un grupo fiscal, como no ser residentes en España, estar exentas del Impuesto de Sociedades, estar en concurso al cierre del período impositivo, entre otras. Pertener a un grupo fiscal no implica la obligación automática de acogerse al régimen de consolidación contable.
Fiscalidad de Grupos Empresariales
El régimen de consolidación fiscal se aplica cuando todas las entidades del grupo fiscal acuerdan su aplicación, y este acuerdo debe ser adoptado por el Consejo de Administración u órgano equivalente. La falta de acuerdo impide la adopción de este régimen.
Una vez elegida esta opción, el grupo fiscal queda vinculado de manera indefinida, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos en la ley. La renuncia a este régimen requiere una declaración censal en un plazo de dos meses desde el cierre del último período impositivo.
Ventajas de la Consolidación Fiscal
La principal ventaja radica en que el grupo de empresas tributa de forma conjunta, permitiendo la compensación de pérdidas de unas empresas con los beneficios de otras. La utilización de bases imponibles negativas se facilita, y no es necesario esperar a futuros beneficios para compensar pérdidas.
Dentro del grupo fiscal, no hay obligación de retener en operaciones internas, como el reparto de dividendos, arrendamientos o préstamos entre las empresas del grupo. Además, se presenta un diferimiento fiscal de los beneficios de operaciones internas hasta que estos se traten con terceros.
Los requisitos y límites para las deducciones se calculan a nivel del grupo fiscal, lo que permite que las deducciones generadas por una entidad puedan ser aprovechadas por otras del grupo.
Desventajas de la Consolidación Fiscal
La principal desventaja es la complejidad y aumento de la gestión administrativa, lo que puede resultar en un incremento de los costos si se externaliza el servicio de asesoría profesional.
Además, el grupo responde colectivamente por posibles deudas fiscales futuras. A diferencia de las declaraciones individuales, donde cada sociedad responde por sus deudas, en la tributación consolidada es el grupo en su totalidad el responsable de la deuda global. Por ello, es prudente excluir del grupo consolidado aquellas sociedades en sectores de riesgo fiscal.